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sábado, 19 de julio de 2014

Un hijo no es un derecho sino «una solemne e irreductible responsabilidad cultural, ética y social


Asombrado y preocupado por la deriva ideológica de la más alta magistratura italiana, que traiciona la Constitución arrogándose competencias que no son suyas y promoviendo formas jurídicas e institucionales nuevas. Así se muestra monseñor Luigi Negri, arzobispo de Ferrara-Comacchio–que insiste en el hecho de que en este caso habla como un «ciudadano normal, sin implicar a la responsabilidad eclesial»– ante las últimas sentencias del Tribunal Constitucional que han establecido «el derecho al hijo» e impuesto al Parlamento la obligación de reconocer las uniones civiles, también entre personas del mismo sexo.

-Monseñor Negri, también a propósito de estas últimas sentencias del Tribunal Constitucional se ha hablado en estos días de magistratura creativa.
-No sé si la magistratura tiene que ser creativa. Lo que sí sé es que la magistratura debe intentar aplicar la ley de manera adecuada: adecuada a la vida de la sociedad, adecuada también para quienes son, contingentemente, objeto de la responsabilidad de la magistratura. En cambio, lo que sucede es que el ciudadano común asiste cada día más asombrado a la modificación sustancial de los criterios fundamentales que han constituido la referencia ideal de la Constitución y de nuestras instituciones. En estos días hemos tenido que oír que pertenece a la estructura última de la Constitución italiana el derecho a tener un hijo como principio incoercible y expresión de la autodeterminación de la persona.

-Principios que, de hecho, no encontramos en la Constitución.
-Autodeterminación es un concepto ideológico, fácilmente vinculable a ese movimiento secularista, laicista y anticatólico que constituye una parte de las ideologías presentes en nuestro país, pero que ciertamente no ha determinado los principios fundamentales de la Constitución. Decir que en nombre de la Constitución es necesario permitir este derecho a tener un hijo es un hecho sustancialmente incomprensible.

-¿Qué es, en cambio, el hijo para la Constitución?
-Para la imagen de familia natural -y, ¡ojo!, no estoy diciendo de familia católica- que está en la base de nuestra Constitución, el hijo encuentra su posición ideal y práctica dentro de una comunión de vida regularizada por la Constitución y por el derecho italiano que no lo ve como un derecho de autodeterminación ni del individuo ni de la pareja, sino que lo ve como una solemne e irreductible responsabilidad cultural, ética y social. Afirmar que el hijo es un derecho incoercible significa hacer pasar subrepticiamente principios de referencia de la familia y de nuestro Estado que no encuentran formulación ni defensa alguna en nuestra Constitución. Éste es un hecho grave para el presente y el futuro de nuestra sociedad.

-Se justifican algunas sentencias con el hecho de la dificultad que tienen muchas parejas de tener hijos y los problemas que de ello derivan.
-Pero la “gente gente” (el pueblo, según la definición que daba monseñor Luigi Giussani) hubiera esperado otra cosa de los defensores de nuestra Constitución, a saber: que se ocuparan de la dificultad con la que dichas parejas están llamadas a vivir su responsabilidad, en términos que tengan presentes todos los factores que constituyen la referencia a nuestra Constitución y que han constituido el fundamento vivo y activo de nuestra sociedad.

-Después ha llegado la sentencia sobre la pareja en la que uno de los protagonistas cambia de sexo pero sin embargo quieren permanecer casados. En este caso el Tribunal Constitucional ha confirmado la disolución del matrimonio, pero imponiendo al Parlamento reconocer las uniones civiles para que así ambos puedan seguir gozando de los mismos derechos.
-Es una sentencia también muy asombrosa y claramente ideológica. Es cierto que no es competencia de la más alta magistratura -ya sea el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Casación- llevar a cabo operaciones de carácter ideológico que excedan de sus tareas y responsabilidades. Actualmente, el derecho de la persona, de la familia, de los grupos, de las realidades sociales parece estar más en relación o depender de las ideologías que, caso a caso, pasan a primer plano gracias a una parte de la magistratura, más que del ethos social e histórico del que la magistratura debería ser, sobre todo, custodio y promotor. Las grandes revoluciones -si realmente queremos desperdiciar este término aplicándolo a estos hechos absolutamente banales- no se afirman de esta manera subrepticia con la que últimamente se quieren imponer en la mentalidad de nuestros ciudadanos y de nuestra vida social.

-Protestamos precisamente por estas sentencias del Tribunal Constitucional que afectan a la familia y la vida, pero vemos que mientras tanto están llegando al Parlamento una avalancha de propuestas de ley que van en la misma dirección.
-Con una gran diferencia y es que el Parlamento hace su trabajo, que es expresión de una vida social con dificultades, en contraposición y a veces en contradicción, en la que viven profundas laceraciones; es comprensible que esté llamado a legislar teniendo en cuenta la variedad de posiciones. Le tocará después a la mayoría establecer una línea y a la minoría, eventualmente, poner en acto todas las contramedidas.
El Parlamento, al afrontar estos problemas, goza de una propia soberanía; en cambio, no es deber de la magistratura promover nuevas formas jurídicas e institucionales. Si lo hace excede de su ámbito y competencias concretas. Me parece que el Presidente Cossiga (político italiano que fue Presidente de la República de 1985 a 1992, N.d.T.) tenía razón cuando, en muchas ocasiones, expresaba fuertes reservas con este modo de proceder de la magistratura, que ahora está alcanzando extremas y deplorables consecuencias.


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